Normativa laboral
Reforma laboral 2021
Nuestros especialistas del área Legal & Labour te ayudan a resolver las principales dudas sobre la implementación de la Reforma laboral 2021.
La Reforma laboral 2021 sustituye el marco anterior vigente desde 2012. Entre los principales cambios encontramos la limitación de los contratos temporales a solo dos tipologías, la recuperación de la ultraactividad indefinida en los convenios colectivos, la incorporación de un nuevo mecanismo ERTE de flexibilidad estructural denominado RED y la desaparición del contrato por obra y servicio.
· Los contratos de cobertura temporal de puesto de trabajo ahora deben ser indefinidos en tres meses.
· Posibilidad de solapamiento entre sustituto y sustituido, pudiendo coincidir ambas figuras hasta en 15 días previos a la ausencia sustituida.
· Mayor incidencia de sanciones en la contratación temporal.
Su aplicación, la afectación a empresas de trabajo temporal y empresas de servicios.
Contrato de circunstancias de la producción y sus diferentes formas: causas previsibles y causas imprevisibles.
Los encadenamientos de contratos en la Reforma laboral.
El convenio colectivo de aplicación será el de la actividad concreta que realiza la empresa. ¿Cómo establecer la actividad y las condiciones del convenio?
La modificación del artículo 151 de la Ley de la Seguridad Social supone un aumento de las cotizaciones en los contratos de corta duración. ¿Cómo son los contratos afectados?
Los criterios para fijar las indemnizaciones una vez finalizados los contratos.
Conoce en profundidad las modificaciones que la Reforma laboral aplica sobre el régimen jurídico de la contratación temporal en España. Los dos tipos de contratos permitidos, así como las sanciones que pueden derivarse del incumplimiento de la normativa.
Las claves para aplicar los contratos fijos-discontinuos: para qué trabajos se permiten, bajo qué criterios de forma y convenio deben presentarse, así como el cómputo de la antigüedad de los fijos-discontinuos.
¿Se pueden encadenar diferentes contratos?
Se reduce el umbral de concatenación de contratos temporales por circunstancias de la producción hasta los 18 meses en un periodo de 24. Para esta concatenación se tendrán también en cuenta los contratos a través de ETT sin que perjudique el hecho de que exista una subrogación. Además, y como gran novedad, también tendrá derecho a la condición de indefinido la persona trabajadora que ocupe un puesto que haya estado ocupado previamente por un trabajador temporal en un periodo de 18 meses en un periodo de 24. En este caso, lo relevante es que sea el mismo puesto de trabajo.
¿Qué cambios afectan a los trabajadores fijos-discontinuos?
Se fomenta el contrato fijo-discontinuo para la realización de trabajos de naturaleza estacional o actividades de temporada. Trabajos que tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados y también en el ámbito de contratas y subcontratas, coincidiendo los periodos de inactividad con tiempos de tránsito entre distintas contratas. Adicionalmente, la empresa deberá realizar el llamamiento al trabajador por escrito, o constar debidamente notificado, a la persona interesada con las condiciones precisas de su incorporación y con una antelación adecuada. Por otra parte, la empresa también tendrá que elaborar un calendario con las previsiones de llamamiento anual o semestral y trasladárselo a la representación legal de los trabajadores.
¿Cuál es la regularización de las sanciones (LISOS)?
Se incrementan las sanciones por fraude en la contratación temporal:
- En su grado mínimo de 750 a entre 1.000 y 2.000 euros.
- En su grado medio de los 1.000 a entre 2.001 y 5.000 euros.
- Su grado máximo de los 7.500 actuales a entre 5.001 y 10.000 euros
¿Cuáles son las nuevas normas aplicables a la subcontratación y negociación colectiva?
Para la subcontratación se aplica el convenio del sector de la actividad realizada, si la subcontrata tiene convenio propio se aplicará este si determina mejores condiciones salariales que el sectorial que resulte de la aplicación. Ultraactividad de los convenios que permite la prórroga automática de los acuerdos laborales hasta la existencia de un nuevo pacto sin límite de tiempo frente a la vigencia limitada a un año.
¿Cómo es el nuevo régimen de indemnizaciones para contratos cortos?
Los contratos de duración inferior a 30 días tienen una cotización adicional que se calculará multiplicando por tres la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de las contingencias comunes. Pasará de un recargo del 40% a más del 100%. Este sistema de cotización no se aplicará a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial Agrario, el Sistema Especial de Empleados del Hogar o en el Régimen Especial para la Minería del Carbón, ni a los contratos por sustitución.
Asegúrate de cumplir la normativa
¿Por qué es importante resolver tus dudas?
La normativa aplica medidas para reducir el empleo temporal, cambios en la negociación colectiva, la subcontratación y los ERTE. Contacta con nosotros a través del formulario o llámanos al 902 18 10 10. Te ofreceremos acompañamiento y asesoramiento.